Si estás considerando comprar una vivienda, es crucial que conozcas tus derechos como consumidor. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha emitido recomendaciones a través de la Revista del Consumidor de junio. Lo más importante a tener en cuenta es el Contrato de adhesión, que describe las estipulaciones mínimas legales que debe contener cualquier contrato de naturaleza inmobiliaria.
La inmobiliaria o particular debe registrar el modelo de contrato de adhesión en la Profeco. Además, es aconsejable que el comprador solicite una copia del contrato, verifique que esté vigente y revise el número y la fecha del registro.
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El contrato de adhesión debe contener varios elementos importantes. Estos incluyen el lugar y fecha de celebración del contrato, el nombre y domicilio del vendedor, y la disposición de los documentos que acrediten la propiedad del inmueble.
También debe especificar el precio de la vivienda en moneda nacional, una descripción e identificación de la vivienda, el costo total y el medio de pago, y una relación de derechos y obligaciones tanto del vendedor como del comprador.
Si el vendedor financia los inmuebles, el contrato debe indicar el tipo de crédito, la tasa de interés, comisiones y cargos, y el costo anual total. Además, debe incluir una relación de los derechos y obligaciones de ambas partes, la pena convencional que se aplicará en caso de incumplimiento, y los canales y medios de atención disponibles.
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También es importante conocer las condiciones de fecha y entrega de la vivienda, así como sus características, como la extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar de estacionamiento y áreas de uso común.
Conocer tus derechos como comprador es esencial. Cuando adquieres una vivienda, tienes diferentes tipos de garantías con diferentes periodos de duración. Por ejemplo, tienes una garantía de al menos 5 años para problemas estructurales, 3 años para impermeabilización, y al menos 1 año para otros elementos.
Además, puedes revocar tu compra hasta 5 días hábiles después de firmar el contrato de compraventa. Si decides retractarte, puedes hacerlo sin ninguna responsabilidad y anular la relación contractual.
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