La Semana Santa, del 24 al 30 de marzo este año, no se considera un periodo de descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo.
Aunque algunas compañías conceden estos días libres, la legislación no establece un incremento salarial por trabajar durante la Semana Santa.
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Los jueves y viernes santos son típicamente días de asueto, pero no conllevan un pago adicional si se trabaja, ya que no son feriados oficiales. Si te toca laborar durante la Semana Santa, recibirás tu salario regular sin ningún tipo de bonificación adicional.
Los únicos días festivos reconocidos por la ley mexicana son el 1 de mayo, 16 de septiembre, 1 de octubre, 18 de noviembre y 25 de diciembre.
Es importante recordar que, exceptuando Navidad, Día del Trabajo y Año Nuevo, los demás días festivos se trasladan al lunes siguiente para formar fines de semana largos.



