El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que aún hay tiempo para solicitar la devolución automática del saldo a favor derivado de la declaración anual 2024.
Aunque el plazo para presentar la declaración anual venció el pasado 30 de abril, el trámite de devolución automática puede realizarse sin multas ni recargos.
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La fecha límite para presentar esta solicitud es el próximo 31 de julio. Esta posibilidad aplica exclusivamente a quienes cumplan con todos los requisitos del SAT.
Si el contribuyente no cumple con las condiciones establecidas, deberá realizar el proceso mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED), es decir, de forma manual.
El beneficio de la devolución automática solo es válido para el Impuesto sobre la Renta (ISR). No todos los contribuyentes pueden acceder a esta facilidad.
Por ejemplo, si hay inconsistencias en la declaración o datos incompletos, se deberá optar por el procedimiento manual para recuperar el saldo a favor.
El SAT recomienda que, si la devolución automática no se refleja o el monto recibido es menor al esperado, se revise la declaración para detectar posibles errores.
Una vez corregida la información, el trámite puede repetirse. En muchos casos, el problema se debe a datos erróneos o a documentos no actualizados.
El proceso varía según si la devolución fue rechazada, incompleta o no se generó. Por eso, es importante revisar los detalles antes de volver a hacer la solicitud.
El SAT tiene disponible en su sitio oficial los pasos que deben seguirse en cada caso, con el fin de orientar a los contribuyentes en su trámite.
La institución hace un llamado a estar atentos a los plazos y consultar cualquier duda directamente en los canales oficiales, para evitar contratiempos.
Cumplir con estos pasos facilita el proceso y ayuda a recibir en tiempo el dinero correspondiente al saldo a favor.



