Un juez federal determinó modificar las medidas cautelares impuestas al exprocurador general de la República, Jesús Murillo Karam, dentro de uno de los procesos penales relacionados con el caso Ayotzinapa. La resolución sustituyó la prisión preventiva justificada que cumplía en su domicilio por un esquema de resguardo domiciliario, vigilancia mediante brazalete electrónico y diversas restricciones de movilidad.
La decisión fue emitida por Edmundo Manuel Perusquia Cabañas, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, quien consideró que el proceso judicial ha permanecido abierto por más de dos años debido a circunstancias ajenas al exfuncionario. La defensa de Murillo Karam solicitó la revisión de las medidas cautelares con base en un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la duración de la prisión preventiva, además de señalar que su estado de salud requiere atención médica constante.
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Con las nuevas condiciones, Murillo Karam deberá permanecer en su domicilio, portar un dispositivo de localización electrónica y tendrá prohibido salir de la Ciudad de México, acercarse a las víctimas del caso o reunirse con personas ajenas a su círculo familiar. Asimismo, dejará de contar con vigilancia permanente de elementos de la Guardia Nacional y podrá asistir a consultas médicas sin necesidad de autorización judicial previa.
No obstante, el exprocurador continuará bajo prisión domiciliaria debido a otro proceso penal que enfrenta en el Reclusorio Sur por los presuntos delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, vinculados con Felipe Rodríguez Salgado, «El Cepillo». Además, sigue siendo investigado por su presunta participación en la elaboración de la denominada «verdad histórica» sobre la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa.



