La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite un recurso de revisión relacionado con la declaratoria de “inexistencia” de la huelga en el Nacional Monte de Piedad (NMP), por lo que el máximo tribunal del país deberá determinar si el movimiento laboral puede ser revisado por la Corte, tras más de 10 meses de conflicto.
El recurso fue admitido a trámite el pasado 5 de agosto, a solicitud del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, para conocer el amparo en revisión 33/2026.
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La solicitud fue presentada por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad ante un tribunal colegiado en materia laboral, que remitió a la SCJN el expediente relacionado con la declaratoria de “inexistencia” de la huelga.
Esta determinación se originó luego de que un juez de distrito concediera un amparo a la administración del Nacional Monte de Piedad en febrero pasado.
La Corte decidirá si analiza el caso
En los próximos días, el pleno de la Suprema Corte deberá votar si asume el estudio del asunto. En caso de aceptarlo, su análisis se limitará a determinar si la declaratoria de inexistencia de la huelga cumple con alguno de los tres supuestos establecidos en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo.
La eventual revisión por parte de la SCJN no implicaría ordenar directamente a los trabajadores regresar a sus puestos de trabajo.
Si la Corte decide no revisar el caso, el expediente será devuelto al tribunal colegiado, cuyos magistrados deberán resolver el conflicto laboral.
La huelga estalló el 1 de octubre de 2025 en más de 300 sucursales del Nacional Monte de Piedad, institución de empeño con más de 250 años de historia.



